martes, 31 de agosto de 2004

Herramientas indispensables para el profesional de hoy

jueves, 26 de agosto de 2004

Por una coma

Como bien sabemos en la Deforma Fiscal de 2002, nuestros respetados legisladores hicieron que todos los contribuyentes pagaran mas impuestos, pero a la vez ellos se excentaron del pago de los mismos en su aguinaldo, tal como esta en el parrafo segundo de la fraccion XI del articulo 109 de la ley del ISR


XI. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados. Tratándose de primas dominicales hasta por el equivalente de un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore.

En el caso de los trabajadores al servicio de la Federación y de las Entidades Federativas, las gratificaciones que se otorgen anualmente o con diferente periodicidad a la mensual, en cualquier momento del año calendario, de conformidad con las actividades y el servicio que desempeñen, siempre y cuando sean de carácter general, incluyendo, entre otras, al aguinaldo y a la prima vacacional.
Por el excedente de los ingresos a que se refiere esta fracción se pagará el impuesto en los términos de este Título.


Esta situacion genero una lluvia de amparos por la inconstitucionalidad del parrafo anteriormente descrito, no esta demas mencionar que todos los amparos presentados en timepo y forma fueron favorables.

En 2003 los legisladores tratan de nuevo de excentarse del pago de impuestos, modificando el citado parrafo, este es el mimo parrafo pero para 2003

XI. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados. Tratándose de primas dominicales hasta por el equivalente de un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore.

En el caso de los trabajadores sujetos a condiciones generales de trabajo, de la Federación y de las Entidades Federativas, las gratificaciones que se otorguen anualmente o con diferente periodicidad a la mensual, en cualquier momento del año de calendario, de conformidad con las actividades y el servicio que desempeñen, siempre y cuando sean de carácter general, incluyendo, entre otras, al aguinaldo y a la prima vacacional. Por el excedente de los ingresos a que se refiere esta fracción se pagará el impuesto en los términos de este Título.

La intencion de los legisladores fue aclarar que los empleados sujetos a condiciones generales de trabajo de la Federación y de las Entidades Federativas, estuviesen excentos del pago de impuesto sorbe el aguinaldo, lo cual es tan injusto como lo del 2002, sin embargo un error gramatical le cambia el sentido al parrafo ya que pusieron una coma "," de mas, ya que el parrafo dice "En el caso de los trabajadores sujetos a condiciones generales de trabajo,",¿quienes son los trabajadores sujetos a condiciones generales de trabajo? Respuesta, pues todos los que tengan una relacion laboral , sea quien sea el patron. o me equivoco?

Sabemos que quisieron decir, pero lo que nos importa es lo que la ley dice, y esta dice que todos estan excentos.

consultenlo con so almohada y con su maestra de gramatica, veran que esa coma le cambia el sentido a ese articulo.


Cabe aclarar que para 2004 el citado parrafo fue totalmente eliminado y todo quedo como estaba antes.

Esta informacion puede ser muy util si trabajan en la regularizacion de ejercicios de empresas que han sido descuidadas fiscalmente





Estamos de vuelta

El dia que aprendi como hacer un blog como este me emocione mucho con la idea de tener un proyecto de este tipo, que fuese de utilidad para muchos y q estuviera al alcance de todo el mundo, y empeze muy bien, escribiendo un par de posts a la semana e incluso mas y pense en que al pasar unos 6 meses ya tendria suficiente material de calidad y lectores constantes los cuales recomendarian mi sitio con otros y esos a otros y seria una pagina interesante.

Sin embargo han pasado mas de 6 meses y hoy caigo en la cuenta de que el proyecto que empeze con muchas ilusiones e ideas lo he dejado en el olvido, lo he pospuesto por muchas razones, declaraciones anuales, dictamenes, mucho trabajo, vacaciones o simplemente no estaba inspirado. Se que tengo una pequeña cantidad de lectores ya que el contador me muestra mas de 200 visitas, puedo decir q 130 seran mias, pero las demas son de gente que ha estado al pendiente de este sitio y no han visto nada nuevo en los ultimos 4 meses. La persona que me enseño como hacer este espacio me hizo un comentario que viene mucho al caso, me dijo que muchos siempre empiezan sus blogs con mucho empuje y luego de un tiempo lo dejan por al paz y yo pense " A mi no me va a pasar eso, yo si soy constante" y que paso? cai en lo mismo.

Pero en fin, hay mas tiempo que vida, asi que renuevo mi compromiso de mantener actualizado este sitio para hacerlo mas interesante y util.

Lamento la espera pero ya "Estamos de vuelta"






"No hagas hoy lo que puedas dejar para mañana"